El TS
modifica su doctrina legal sobre el plazo de notificación de una resolución
administrativa ex art. 58.4 de la Ley 30/1992
El Pleno
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha hecho
pública una sentencia, de fecha 3 de diciembre de 2013 (recurso
núm. 557/23011), por la que modifica
su doctrina legal sobre la interpretación del plazo de notificación
administrativa previsto en el art. 58.4 de la Ley 30/1992, anteriormente establecida por la sentencia de 17 de
noviembre de 2003.
"En este sentido, y sólo en él, rectificamos la doctrina legal
declarada en aquella sentencia de 17 de noviembre de 2003 , sustituyendo
la frase de su párrafo segundo antes trascrito que dice "[...] el intento
de notificación queda culminado, a los efectos del artículo 58.4 de la Ley
30/1992 , en el momento en que la Administración reciba la devolución del
envío, por no haberse logrado practicar la notificación [...]", por esta otra:
"el intento de
notificación queda culminado, a los efectos del artículo 58.4 de la Ley 30/1992
, en la fecha en que se llevó a cabo"
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