lunes, 29 de abril de 2013

Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales


Discrepancias interministeriales El Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales establece un marco general regulador del acceso y ejercicio de las actividades profesionales. Además, elimina “obstáculos al acceso y ejercicio de la actividad en un número elevado de actividades profesionales”, informó el Gobierno.
El retraso en su tramitación es debido en gran medida a las discrepancias de varios ministerios, como los de Justicia, Sanidad o Fomento, con el texto defendido por el que dirige Luis de Guindos, que promueve la reforma. La propuesta de Economía sólo mantiene la colegiación obligatoria para las siguientes profesiones: abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores, médicos, farmacéuticos, dentistas, veterinarios, enfermería, fisioterapeutas, podólogos, ópticos-optometristas, arquitectos, arquitectos técnicos y deja en un único colegio a ingenieros e ingenieros técnicos.

Condiciones comunes y de cualificación profesional En cuanto al marco general de la reforma, se establecen las condiciones comunes u horizontales a respetar por toda la regulación que incida en el acceso o ejercicio de las distintas profesiones. Por otro lado, las restricciones basadas en una cualificación profesional para el acceso a una actividad sólo podrán exigirse por ley, siempre y cuando sea necesario por motivos de interés general, lo que limitará las reservas de actividad.

El Gobierno anunció el pasado viernes que antes de que finalice el segundo trimestre de 2013 el Consejo de Ministros aprobará el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales (LSP) que, con arreglo a lo adelantado en el borrador, conllevará la implantación de un nuevo modelo de colegiación para el ejercicio de un número tasado de profesiones, entre las que se encuentra la de la abogacía.
El Ejecutivo incluye la LSP, que afecta de lleno a la abogacía, entre las ocho medidas clave del Programa Nacional de Reformas

En cuanto a los cambios concretos que la reforma prevé para la abogacía, la redacción del Anteproyecto ha sufrido sucesivas modificaciones. Una de las más importantes es la concerniente a la incompatibilidad entre las profesiones de abogado y procurador. Si bien un borrador de Economía establecía que “se suprime la incompatibilidad entre el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador”, dicha previsión ha topado con el criterio de Justicia, ministerio que advierte de que, con arreglo al sistema procesal español, el hecho de que un mismo profesional pueda ejercer ambas funciones puede originar problemas de incompatibilidad.

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