Preferentes. Supuestos: Transmisión
mortis causa. Venta a un incapaz. Remisión de la causa al Juzgado de
Instrucción por presunto delito de estafa.
Sentencia de 27/11/2013
La entidad condenada deberá devolver 35.000 euros a la heredera de la
persona que suscribió el contrato. Al mismo tiempo, el hecho de que el causante, que había sido
declarado por sentencia judicial “incapaz para el gobierno de su persona y
bienes”, justifica que el Juez, ante la “posibilidad de que los representantes
de la entidad bancaria hayan cometido un delito de estafa”, acuerde la remisión
de la causa al Juzgado de Instrucción.
Dice la Sentencia que el error es “sustancial porque afecta a la
naturaleza” del propio producto, y además,
es un error esencial porque el banco “incumpliendo de forma flagrante sus
obligaciones legales, vendió a una persona incapaz un producto bancario de alto
riesgo”.
Por lo que respecta al contrato firmado por la heredera se señala que
“tampoco consta” que “fuera informada de forma correcta e individualizada”. “En
ninguno de los documentos suscritos se le avisa o previene de la
naturaleza arriesgada de la inversión que recibe, puesto que se limitan a
describir, con un lenguaje críptico y técnico, la forma en que se desenvolverán
los servicios financieros prestados por la entidad bancaria”.
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