Las nuevas tasas judiciales
catalanas.
Ya están aquí las nuevas tasas
judiciales catalanas. Tan sólo han pasado dos días desde la publicación en el
BOE de la Sentencia 71/2014 del Tribunal Constitucional, para que en el Diari
Oficial de la Generalitat de Catalunya aparezcan ya las nuevas tasas catalanas
aprobadas por DECRETO LEY
1/2014, de 3 de junio, por el que se modifica el Texto refundido de la Ley de
tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto
legislativo 3/2008, de 25 de junio.
Sin duda una demostración de
agilidad en el afán de añadir trabas a la justicia y ahogar, más si cabe, al
administrado.
No se equivocaba el Magistrado
don Andrés Ollero Tassara, cuando respecto a la Sentencia
del Pleno de fecha 8 de mayo de 2014 dictada en el recurso de
inconstitucionalidad núm. 7208-2012, en su voto particular decía que:
"la situación avalada coloca
en situación de desigualdad en el acceso a los ciudadanos de una determinada
Comunidad Autónoma; nada más cierto. No mejorará la situación si, aun estando
referido el recurso a norma de una determinada Comunidad, el alcance del fallo
acaba desbordando tal ámbito, convirtiendo pronto la doble imposición señalada
en una generalizada obligación para los ciudadanos vinculados a las numerosas
Comunidades que han asumido las transferencias contempladas, incluidas quizá
las que ya estaban planteando la posibilidad de renunciar a ellas."
Sólo queda esperar a saber
cuántas comunidades se sumarán al despropósito de convertir la obviedad que
apuntaba el citado magistrado en una quimera, cuando recordaba que
"... resulta obvio que son
las Administraciones públicas las que han de servir al ciudadano y no
viceversa".
_______________Manuel Merelles Pérez./ Más información en: - https://sites.google.com/site/despachomerellesperez/ - http://merellesperez.blogspot.com.es/
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