jueves, 5 de junio de 2014

Las nuevas tasas judiciales catalanas.

Las nuevas tasas judiciales catalanas.

Ya están aquí las nuevas tasas judiciales catalanas. Tan sólo han pasado dos días desde la publicación en el BOE de la Sentencia 71/2014 del Tribunal Constitucional, para que en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya aparezcan ya las nuevas tasas catalanas aprobadas por DECRETO LEY 1/2014, de 3 de junio, por el que se modifica el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio.

Sin duda una demostración de agilidad en el afán de añadir trabas a la justicia y ahogar, más si cabe, al administrado.

No se equivocaba el Magistrado don Andrés Ollero Tassara, cuando respecto a la Sentencia del Pleno de fecha 8 de mayo de 2014 dictada en el recurso de inconstitucionalidad núm. 7208-2012, en su voto particular decía que:

"la situación avalada coloca en situación de desigualdad en el acceso a los ciudadanos de una determinada Comunidad Autónoma; nada más cierto. No mejorará la situación si, aun estando referido el recurso a norma de una determinada Comunidad, el alcance del fallo acaba desbordando tal ámbito, convirtiendo pronto la doble imposición señalada en una generalizada obligación para los ciudadanos vinculados a las numerosas Comunidades que han asumido las transferencias contempladas, incluidas quizá las que ya estaban planteando la posibilidad de renunciar a ellas."

Sólo queda esperar a saber cuántas comunidades se sumarán al despropósito de convertir la obviedad que apuntaba el citado magistrado en una quimera, cuando recordaba que

"... resulta obvio que son las Administraciones públicas las que han de servir al ciudadano y no viceversa".
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Manuel Merelles Pérez./ Más información en: - https://sites.google.com/site/despachomerellesperez/ - http://merellesperez.blogspot.com.es/

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