NORMAS
DE REPARTO DE ASUNTOS ENTRE LAS DISTINTAS SECCIONES DE LA SALA DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA PARA EL
AÑO 2015
SECCIÓN
PRIMERA
§ Personal
§ Defensa
§ Extranjería
§ Derecho electoral
§ Asistencia social
§ Concentración
parcelaria
§ Educación, salvo que
por razón de la materia principal corresponda a otras Secciones.
§ Sanciones, salvo que
por razón de la materia corresponda a otras Secciones
§ Subvenciones en
materias propias
§ Derechos fundamentales
en materias propias
§ Derecho de reunión
§
Administración Laboral
y Seguridad Social, en materia de funcionarios públicos y personal estatutario.
§ Responsabilidad
patrimonial, excepto en materia de urbanismo y expropiación forzosa.
§
Todas aquellas materias
que no estén específicamente asignadas a las Secciones Segunda, Tercera y
Cuarta.
SECCIÓN
SEGUNDA
§
Urbanismo
§
Colegios profesionales
§
Carreteras
§
Montes
§
Puertos
§
Aguas
§
Costas
§
Agricultura
§
Caza
§
Pesca marítima y
fluvial
§
Medio ambiente,
incluido impacto ambiental
§
Patrimonio cultural
§
Farmacias
§ Contratación
administrativa, en todos sus extremos
§
Sanciones de Tráfico
§
Transporte, incluido el
escolar
§
Armas de fuego
§
Comunicaciones
§
Administración Local
§
Subvenciones en
materias propias
§
Derechos fundamentales
en materias propias
§
Sanciones en materias
propias
§
Responsabilidad
patrimonial en materia de urbanismo.
SECCIÓN
TERCERA
§ Expropiación forzosa
§ Minas
§ Propiedad intelectual
§
Industria e innovación
tecnológica, excepto la tributación del sector eléctrico
§ Subvenciones en materias
propias
§ Responsabilidad
patrimonial en materia de expropiación forzosa
§ Derechos fundamentales
en materias propias
SECCIÓN
CUARTA
§
Tributos, incluida la
tributación del sector eléctrico, cualquiera que sea el órgano autor del acto o
disposición impugnada
§ Catastro inmobiliario
§ Derechos fundamentales
en materias propias
§ Recursos contra actos
de que conozca la Xunta Superior de Facenda en única instancia.
§ Administración Laboral
y Seguridad Social, excepto en materia de funcionarios públicos y personal
estatutario.
Disposiciones Adicionales:
1.
El Presidente de la
Sala y los Presidentes de Sección, con el fin de homogeneizar los turnos entre
los distintos Magistrados/as, podrán redistribuir las ponencias una vez
concluso el asunto y a efectos de su señalamiento para votación y fallo,
notificando a las partes el nombre del ponente asignado.
2.
Los asuntos actualmente
en trámite en cada una de las Secciones continuarán sustanciándose ante ellas
en todos sus trámites, hasta su archivo.
Entrada en vigor
Las presentes normas entrarán en vigor el
1 de enero de 2015, sin perjuicio de su publicación en el Boletín
Oficial del Estado.
Fuente. TSJG
Fuente. TSJG
___________
Manuel Merelles Pérez./
Más información en:
- http://manuelmerelles.blogcanalprofesional.es/
- https://sites.google.com/site/despachomerellesperez/
- http://merellesperez.blogspot.com.es/
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