domingo, 26 de noviembre de 2017

Registro Electrónico del Tribunal Constitucional; obligatorio desde el 1 de enero de 2018

Registro Electrónico del Tribunal Constitucional; obligatorio desde el 1 de enero de 2018

El Registro Electrónico del Tribunal Constitucional, creado por Acuerdo de Pleno, de 15 de septiembre de 2016 («BOE» número 284, de 24 de noviembre), en su artículo 14 establecía que "mediante resolución del Secretario General publicada en la sede electrónica del Tribunal se determinarían progresivamente determinados aspectos de su funcionamiento".

En ejecución de aquel, el apartado 2 de la Resolución de 25 de noviembre de 2016, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, establecía que " 2. Su utilización tendrá carácter voluntario."

Transcurrido un año desde su implantación, mediante "Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se fija el ámbito de aplicación del Registro Electrónico del Tribunal Constitucional" se establece ahora que "2. Su utilización tendrá carácter obligatorio desde el 1 de enero de 2018 para la presentación por medio de Procurador de demandas, escritos y documentos que deban surtir efectos en procesos de amparo. "

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Resoluciónde 25 de noviembre de 2016, de la Secretaría General del TribunalConstitucional, por la que se fija el ámbito de aplicación del RegistroElectrónico del Tribunal Constitucional.

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