miércoles, 18 de marzo de 2020

IMPORTANTE: No se interrumpen los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias


IMPORTANTE: no se suspenden los plazos tributarios

No se interrumpen los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias


Si bien el Real Decreto 463/2020 que declaraba el estado de alarma, decretaba la Suspensión de plazos Administrativos, es IMPORTANTE saber que, hoy 18.03.20, se publica en el BOE el Real Decreto 465/2020 por el que se modifica el Real Decreto 463/2020 y ESTABLECE QUE "La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos a que se hace referencia en el apartado 1 no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias"

Para mayor sarcasmo y paradoja, la página de inicio de la AEAT informa que

Las Oficinas de la AEAT estarán TEMPORALMENTE CERRADAS PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL debido al estado de alarma declarado mediante RD 463/2020, cuya Disposición Adicional Tercera establece la SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS


________________________
Derecho y práctica procesal
- Para suscribirte gratuitamente y recibir en tu mail información actualizada pincha en el enlace
- Si quieres acceder a las sugerencias del día, pincha en el enlace

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entradas populares