viernes, 3 de febrero de 2012

Presentación



Lejos de entrar en las cansinas y absurdas polémicas sobre la intervención de nuestra profesión, su obligatoriedad procesal o la asunción de las competencias atribuidas legalmente a la Procura por otros agentes o profesiones, he decido poner un granito de arena para hacer llegar, de una manera estrictamente constructiva, a todos a los que pueda interesar, sean abogados, juristas, funcionarios y especialmente clientes, una visión de nuestra función e intervención más allá del simple recurso de remitirme a los artículos que la legislación aplicable recoge sobre nuestra función e intervención procesal. Animado por algunos colegas, curiosamente la mayor parte Abogados en ejercicio, se me ha invitado a publicar algo que diariamente los Procuradores hacemos meticulosamente en un aspecto fundamental de nuestra función y que ninguna mención concreta se atisba ni en la legislación, ni tan siquiera en nuestros Aranceles. Y ésta no es otra que la función de asesoramiento, consulta, colaboración o respuesta a los supuestos que constantemente se nos plantean en nuestros despachos por clientes y abogados que conocen de un modo más directo nuestra intervención y la casuística propia de los Juzgados y Administraciones entre los que los Procuradores nos movemos. Por razones personales, no podré dedicarme extensamente a esta labor y si a ello le sumamos que las circunstancias profesionales nos impiden a muchos dedicar nuestro tiempo a la noble tarea de mostrar nuestro trabajo, se entenderá que mi intervención no será todo lo prolija que uno quisiera. Sirva pues de invitación a todos a comentar, intervenir, debatir, plantear, aconsejar, ampliar y por supuesto criticar todas aquellas cuestiones que diariamente nos encontramos en el ejercicio de nuestras funciones.

Un cordial saludo a todos

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