domingo, 17 de febrero de 2013

Aplicabilidad de las tasas judiciales en procedimientos matrimoniales

Aplicabilidad de las tasas judiciales en procedimientos matrimoniales. Manuel Merelles Pérez. Artículo ACEPTADO 17_01_13. LA LEY. GWK. Revista Práctica de Tribunales 101 correspondiente a los meses de Marzo/Abril de 2013.

RESUMEN. La Ley 10/2012 sobre tasas judiciales, además de suscitar enormes dudas sobre su constitucionalidad, ha venido a provocar lo que el espíritu de su exposición de motivos trataba de paliar, un verdadero colapso jurisdiccional a causa de las dudas interpretativas sobre su aplicabilidad, que han venido a suponer, por tratarse de un requisito de admisibilidad, una conversión de nuestros Juzgados y Tribunales en órganos gestores de la Administración Tributaria obligados a sentar criterios orientadores ajenos a su misión de juzgar y ejecutar lo juzgado. En este trabajo se analiza la aplicación de la Ley 10/2012 sobre tasas judiciales en los procedimientos matrimoniales, la aplicabilidad y determinación de la cuota fija y base imponible sujeta a gravamen, así como su incidencia en materia de condena en costas procesales.

PALABRAS CLAVE. Tasa judicial. Procesos matrimoniales. Cuota fija y variable. Base imponible. Costas. Exigencias formales. Criterios interpretativos. Exenciones. Alimentos. Menores. Principio de prohibición de la analogía.

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