Está previsto para el día de
hoy 14/3/2013 la convalidación del real decreto ley 3/2013 que reforma la Ley
de Tasas Judiciales. Aunque el decreto entró en vigor con su publicación en el
Boletín Oficial del Estado (BOE), será necesario que el Pleno del Congreso de
los Diputados lo convalide, por lo que una vez convalidado, es previsible que
el proyecto de Orden ministerial se haga realidad esta misma semana y con ésta,
el inicio del cómputo legal del plazo previsto en Disposición final séptima del
RDL3/13 de 15 días hábiles para la liquidación de las tasas devengadas en el
período comprendido desde el día siguiente a la publicación de este real
decreto-ley hasta la entrada en vigor de la Orden del Ministro de Hacienda y
Administraciones Públicas, por las tasas devengadas por personas físicas y por
todos los sujetos pasivos en el caso de la presentación de los recursos
contencioso-administrativos a que se refieren los números cuatro y seis del
artículo 1 del RDL 3/13.
Enlace proyecto Orden
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