sábado, 30 de marzo de 2013

Tasas judiciales. Orden. Entrada en vigor. Avisos.

Tasas judiciales. Orden. Entrada en vigor. Avisos.

Publicada en BOE 30/3/2013 con entrada en vigor al día siguiente, Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.

Indicar sobre el particular que en virtud de la DISPOSICIÓN FINAL SÉPTIMA del RDL 3/13, las tasas que hubieran de liquidarse por personas físicas y por todos los sujetos pasivos en el caso de la presentación de los recursos contencioso-administrativos a que se refieren los números cuatro y seis del artículo 1, en el período comprendido desde el día siguiente a la publicación del RDL3/13 hasta la entrada en vigor de la Orden 490/2013, se liquidarán a partir del 1/4/2013 en el plazo de quince días hábiles.

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