Aplicación práctica de las
tasas judiciales
Editorial
Ley 57. Abril 2013
Autor Manuel Merelles Pérez, Procurador de los Tribunales.
Prólogo Excmo. Sr. D. Francisco Miguel Bernal Maté, Procurador de los Tribunales, Decano del Iltre. Colegio de
Procuradores de Málaga. Consejero comisión permanente del Consejo Andaluz de Procuradores
y Consejero del Pleno del Consejo General de los Procuradores de los Tribunales
de España.
Nota
editorial. Carlos Cómitre Couto, Abogado del Ilustre
Colegio de Abogados de Málaga. Administrador concursal.
Manual
de aplicación de las tasas judiciales para abogados y procuradores.
Últimas CONSULTAS
VINCULANTES AEAT. No sujetos a TASAS, expedientes de dominio, habilitación de
fondos, juras de cuenta, tercerías y otros. Juicios de Desahucio por falta de
pago, exclusión del ámbito del juicio verbal. Pluralidad de sujetos,
imposibilidad material de cumplimentación del modelo 696. Vinculación del hecho
imponible. Actividad jurisdiccional provocada y su exclusión ... Primeras
resoluciones judiciales contra la inadmisibilidad por falta de aportación de la
tasa, el procedimiento tributario como figura paralela y ajena al procedimiento
judicial.
Enlaces de interés
Muchas gracias por su interés. Si quiere entrar en LINKEDIN para escribir su recomendación, puede pinchar en el enlace de la EDITORIAL PINCHA AQUI PARA ESCRIBIR RECOMENDACION/COMENTARIO. Una vez ahí, puede pinchar en el botón situado bajo el título del Libro "Redactar una recomendación" y escribir su recomendación/comentario o ver las de otros profesionales.
Muchas gracias por su interés. Si quiere entrar en LINKEDIN para escribir su recomendación, puede pinchar en el enlace de la EDITORIAL PINCHA AQUI PARA ESCRIBIR RECOMENDACION/COMENTARIO. Una vez ahí, puede pinchar en el botón situado bajo el título del Libro "Redactar una recomendación" y escribir su recomendación/comentario o ver las de otros profesionales.
Aplicación práctica de las tasas judiciales. Reseñas y editoriales.
INDICE
I.
AMBITO DE APLICACIÓN
§ Ámbito normativo
o
Real Decreto-ley 3/2013 de 22 de febrero.
o
Las
modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 3/2013, de 22 de febrero en materia de tasas judiciales.
·
Modificación
en el hecho imponible de la tasa.
·
Modificación
en el sujeto pasivo de la tasa.
·
Modificación
en las exenciones de la tasa.
·
Modificación
en la base imponible de la tasa.
·
Modificación
en la determinación de la cuota tributaria de la tasa.
·
Modificación
en la Autoliquidación y pago de la tasa.
·
Otras modificaciones.
ü Modificación de la
Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
o Desarrollo
reglamentario y entrada en vigor.
o
ORDEN
por la que se modifica la ORDEN HAP/2662/ 2012, de 13 de diciembre.
§ Ámbito jurisdiccional
II.
HECHO IMPONIBLE
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en la jurisdicción civil.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en los procesos declarativos.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en el juicio ordinario.
o Tasas judiciales del juicio ordinario por razón de la
materia.
-
Las
demandas relativas a derechos honoríficos de la persona.
-
Las
que pretendan la tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia
imagen, y las que pidan la tutela judicial civil de cualquier otro derecho
fundamental, salvo las que se refieran al derecho de rectificación.
-
Las
demandas sobre impugnación de acuerdos sociales.
-
Las
demandas en materia de competencia desleal, defensa de la competencia,
propiedad industrial, propiedad intelectual y publicidad.
-
Las
demandas de acciones relativas a condiciones generales de contratación
-
Asuntos
relativos a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles.
-
Las
que ejerciten una acción de retracto.
-
Acciones
de las Juntas de Propietarios.
o Tasas judiciales del juicio ordinario por razón de la
cuantía.
o
Tasas
judiciales del juicio ordinario derivado del procedimiento monitorio.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en el juicio verbal.
o
Aplicabilidad
de las tasas judiciales en el juicio verbal. Supuestos generales.
-
Por
razón de la cuantía.
-
Recuperación
de la plena posesión de una finca cedida en precario.
-
Posesión
de bienes adquiridos por herencia.
-
Tutela
sumaria de la posesión.
-
Suspensión
de obra nueva.
-
Demolición
de obra.
-
Derechos
reales inscritos en el Registro de la Propiedad.
-
Alimentos
debidos por disposición legal o por otro título.
-
Acción
de rectificación de hechos.
-
Contratos
inscritos en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
-
Arrendamiento
financiero o contrato de venta a plazos con reserva de dominio.
-
Acción
de cesación en defensa de los consumidores y usuarios.
-
Otros.
o
Aplicabilidad
de las tasas judiciales en el juicio verbal. Supuestos especiales.
-
Arrendamientos.
ü Acción de reclamación de rentas.
ü Acción de recuperación de la posesión.
ü El juicio verbal de desahucio Acción
acumulada de reclamación de rentas y recuperación de la posesión.
-
Procesos
matrimoniales.
-
Oposición
del deudor al monitorio.
-
Reclamación de cantidad.
-
Procesos
europeos de escasa cuantía.
§ Aplicabilidad de las tasas judiciales
en los procesos matrimoniales.
o Las modificaciones introducidas por el
Real Decreto Ley 3/2013.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en procedimientos de división de patrimonios.
o
División
de herencia.
o
Liquidación del régimen económico matrimonial.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en los
juicios de desahucio por falta de pago.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en el proceso monitorio.
§ Aplicabilidad de las tasas
judiciales en el juicio cambiario.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en la ejecución de títulos judiciales y extrajudiciales.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en los procesos concursales.
o
Aplicabilidad
de las tasas judiciales en supuestos de solicitud de concurso necesario instado
por los trabajadores.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en procedimientos de Jurisdicción voluntaria y los expedientes
de dominio.
o
El
expediente de dominio.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en la jurisdicción contencioso administrativa.
o
Hecho
imponible. Supuestos Generales.
o
Hecho
imponible. Recursos de apelación y casación en la jurisdicción contencioso
administrativa.
o
Hecho
imponible. Ampliación del recurso
contencioso-administrativo.
o
Devengo
o
Exenciones.
-
Exenciones subjetivas.
o La base
imponible de las tasas en la
jurisdicción contencioso administrativa.
§ Aplicabilidad de las
tasas judiciales en la jurisdicción social.
o
Delimitación del hecho imponible en el orden
social.
o
Recurso de suplicación contra Sentencias.
o Las
exenciones de las tasas en el orden social.
o La base
imponible de las tasas en el orden social.
§ Aplicabilidad
de las tasas judiciales en los expedientes de habilitación de fondos y juras de
cuentas.
§ Aplicabilidad
de las tasas judiciales en las tercerías.
III.
PERSONA QUE REALIZA
LA AUTOLIQUIDACION
§ Pago o liquidación
por terceros. Representación procesal y tributaria.
§ Pluralidad de sujetos
pasivos
§ Representación de
personas o entidades no residentes.
§ Apoderamiento
tributario
o Poderdante
o Forma y procedimiento
o Revocación
o Renuncia
IV.
DEVENGO
§ El devengo en el
Derecho tributario
§ El devengo de la tasa
judicial
§ El devengo de la tasa
judicial tras la entrada en vigor del RDL3/2013
§ Supuestos prácticos
o
Supuestos especiales. El devengo de la tasa judicial y
la irretroactividad de la norma.
o El Devengo en los recursos
§ Devengo, exigibilidad y admisión de actos procesales del art. 5 LTJ.
§ Devengo, exigibilidad y admisión
de actos procesales del art. 5 LTJ tras la entrada en vigor del RDL3/2013.
§ Efectos de la falta de aportación de la tasa judicial.
§ Consideraciones del devengo en materia de tasas
§ Devoluciones en materia de tasas judiciales.
o
Devoluciones
derivadas de la normativa de cada tributo.
o
Procedimiento
para la devolución de ingresos indebidos.
V.
OBLIGADOS
TRIBUTARIOS. CONTRIBUYENTE. EL SUJETO PASIVO
§ El sujeto pasivo en
la Ley 10/2012
§ El sujeto pasivo como
contribuyente u obligado tributario.
§ Sucesión procesal y sucesión tributaria.
§ La responsabilidad
tributaria y la responsabilidad profesional
§ El domicilio fiscal.
§ Los sujetos pasivos y las formas de presentación de los modelos 696 y
695
§ Pluralidad de sujetos
pasivos
§ Sujetos pasivos
exentos.
VI.
EXENCION
§ Exenciones objetivas.
§ Exenciones subjetivas.
§ Exenciones especiales.
§ Modificación en las exenciones de la
tasa por el RDL3/2013.
VII.
BASE IMPONIBLE.
§ La base imponible de
las tasas en la jurisdicción civil.
o
Regla
general.
o
Reglas
para la determinación de la base imponible.
o
Base
imponible en los procesos de cuantía indeterminable.
§ La base
imponible de las tasas en la
jurisdicción contencioso administrativa.
§
La base imponible de las tasas en el orden social.
§
La base imponible de las tasas en los recursos.
VIII.
LIQUIDACION
§ Cantidad fija en
función de la clase de proceso.
o
Orden
jurisdiccional civil
o
Orden
jurisdiccional contencioso administrativo
o
Orden
jurisdiccional social
§ Cantidad variable.
o
Sujeto
pasivo persona jurídica.
o
Sujeto
pasivo persona física.
§ Límites, exenciones,
bonificaciones y deducciones.
o
Límite.
o
Exenciones
parciales.
o
Bonificación.
o
Descuento.
§ Declaración
complementaria.
§ Bonificación
de la tasa judicial por uso de medios telemáticos.
IX.
TASAS JUDICIALES.
LUGAR, FORMA, PLAZOS Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION.
§ Modelos y Formularios. Forma de
presentación.
§ Los modelos de autoliquidación.
§ Forma de presentación. Aspectos
generales.
§ Gestión de las tasas por el órgano
Judicial. Funciones de colaboración y gestión.
§ Plazos de presentación.
X.
MODELO 696. FORMA,
LUGAR, PLAZOS Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION.
§ Normativa.
§ Formato
§ Obligados tributarios
§ Plazo de presentación.
§ Formas de presentación.
o Formato Telemático. Presentación por
vía telemática a través de Internet.
1. Presentación telemática a través de
Internet obligatoria.
2. Presentación telemática a través de
Internet de forma voluntaria.
o B) Formato Papel. Presentación
mediante Formularios.
§ Lugar
§ Presentación del modelo 696.
§ Requisitos para la presentación
telemática
§ Procedimiento a seguir, en la
gestión de las tasas judiciales, en el caso de que no se atienda el
requerimiento de pago en la presentación de una demanda.
XI.
MODELO 695. FORMA,
LUGAR, PLAZOS Y PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION.
XII.
CONSULTAS VINCULANTES
Gracias por el adelanto de la información, puedes indicar donde podemos adquirirlo?. Me pareció muy interesante y útil el primero y tus publicaciones en este blog y en La Ley me parecen rigurosas y de interés. Gracais
ResponderEliminarEstoy de acuerdo, al final parece que los Procuradores también tienen cosas que decir, aunque mucho no se prodiguen... Saludos
ResponderEliminarAgradezco enormemente que compañeros de profesión pongan a nuestra disposición manuales como éste de "Aplicación práctica de las tasas judiciales" que nos facilitan a todos el comprender de una manera clara y sencilla, la aplicación práctica de temas tan importantes para el ejercicio de nuestra profesión. Sin duda, una herramienta más que debemos tener en cuenta a la hora de ver la viabilidad de un caso. Por desgracia, unas tasas injustas poco acordes con los tiempos actuales.
ResponderEliminar