jueves, 11 de mayo de 2023

Denegado la medida cautelar de suspensión del RD 307/2022, de 3 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre del Arancel de Procuradores

Denegado la medida cautelar de suspensión del RD que modificaba nuestro arancel, por lo que de momento, sigue siendo aplicable el Real Decreto 307/2022, de 3 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre.

TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección: QUINTA. Auto Fecha: 27/10/2022. PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES Num.: 1. REC.ORDINARIO(c/d)-566/2022. Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Ramón Arozamena Laso.

Recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 307/2022, de 3 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales (BOE núm. 106, de 4 de mayo de 2022). Se interesa la suspensión cautelar del anterior Real Decreto 307/2022, de 3 de mayo, que se fundamenta en las dudas sobre la compatibilidad de dicho Real Decreto con el Derecho de la Unión Europea.

(...) la solicitud de adopción de la medida cautelar se efectúa por medio de otrosí en el escrito de demanda (...) limitándose el escrito iniciador del recurso (...) a la mera interposición del recurso conforme a los apartados 1 y 2 del artículo 45 LJCA, de manera que, en virtud de la doctrina expuesta, la medida cautelar se ha solicitado fuera del plazo del artículo 129 LJCA, lo que determina la inadmisión de la solicitud, sin necesidad de examinar los motivos aducidos para solicitar la suspensión de la disposición impugnada."


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